Las Autorizaciones de Transporte Internacional de Mercancías
El transporte internacional es el que discurre en todo o en parte por Estados extranjeros, y se encuentra regulado por Autorizaciones de Transporte Internacionales que otorgan las administraciones de aquellos países suscritos a acuerdos internacionales, que regulan legislaciones y normas comunes en cuanto al acceso al mercado de los transportes internacionales.
Regulación Unión Europea
Para facilitar el transporte de mercancías dentro de la Unión Europea, eliminando controles y formalidades administrativas, las autoridades comunitarias han regulado el régimen denominado tránsito de la Unión.
La regulación política común de transportes entre países de la Unión Europea (UE), ha creando un mercado común de transportes con libre prestación de servicios y la apertura de los mercados de transportes:
- Eliminar todas las restricciones con relación al prestador de servicios de transporte por razón de su nacionalidad.
- Incluyendo con el tiempo nuevas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros.
- Regulando las condiciones técnicas, sociales y fiscales relativas a los servicios de transporte.
Las autorizaciones en el transporte internacional de mercancías permiten realizar el transporte de mercancías por terceros países sin la necesidad de realizar trámites extra con el país de tránsito o bien con el país que va a recibir la mercancía transportada.
Las Autorizaciones de Transporte Internacional se reparten entre transportistas de discrecional inscritos en el RETIM (Registro de Transporte Internacional de Mercancías), de la DGFTC (Dirección General de Ferrocarriles y Transporte por Carretera) en el Ministerio de Fomento.
- La inscripción en el RETIM es obligatoria para los transportes públicos internacionales, haciéndose constar la denominación social de la empresa, el nombre y NIF de los capacitados y la autorización de transporte público para vehículos pesados, honorabilidad y capacidad económica.
- Para la inscripción de una cooperativa de transporte, será necesario acreditar la capacitación en operador de transporte del director, de transporte nacional e internacional de los socios, honorabilidad y capacidad económica.
- No precisan inscripción en el RETIM las empresas de transporte privado complementario.
Para la inscripción se requiere:
- Capacitación Transporte interior e internacional.
- Disponer de al menos de una autorización de transporte interior público de mercancías de ámbito nacional y vehículo pesado, MDP.
En nuestro país existen tres grupos de autorizaciones:
- Autorizaciones de Transporte Internacional Liberalizadas
- Autorizaciones de Transporte Internacional Multilaterales
- Autorizaciones de Transporte Internacional Bilaterales de transporte.
Autorizaciones de Transporte internacional Liberalizadas
Son aquellos tipos de transportes que sólo necesitan autorización nacional sin necesidad de otra específica.
La liberalización dispensa, además, de la autorización de transporte multilateral o bilateral, y sólo rige en países que no hayan formulado reservas a transportes concretos, debiéndose consultar el caso. Por tanto, la catalogación de liberalizados varía según convenio entre los distintos países.
Tratamiento Transporte de Mudanzas
Las mudanzas realizadas por empresas especializadas en el ámbito de la CEMT es un transporte sometido a un sistema de autorizaciones específicas, no sujetas a contingente.
Los permisos y documentos necesarios para una mudanza internacional dependen del país de destino y del volumen de bienes que trasladas, en la mayoría de los casos como mínimo se necesitará:
Documentación básica:
- Pasaporte y visado (según el país de destino).
- Lista detallada de bienes con descripción y valor estimado.
- Factura de compra de bienes nuevos (si transportas artículos sin uso).
- Permiso de importación temporal (en algunos países para quienes no tienen residencia permanente).
- Si la mudanza es dentro de la UE, las restricciones son mínimas. Sin embargo, en países fuera de la UE como Andorra, Suiza o Reino Unido, necesitarán un trámite aduanero adicional.
Autorizaciones Transporte Internacional Multilaterales
Las autorizaciones multilaterales de transporte son las autorizaciones que dejan al titular de dicha autorización transportar las mercancías por las carretera en el territorio de un tercer país sin realizar trámites.
El único requisito a destacar es que tanto el país de origen como el de tránsito y destino deben ser integrantes de una organización que haya reconocido este tipo de autorizaciones, como por ejemplo la organización de la Unión Europea (UE).
Los tipos de autorizaciones multilaterales de transporte son los siguientes:
- Licencias comunitarias
- Autorizaciones CEMT.
Licencias comunitarias
Las licencias comunitarias son las autorizaciones que se requieren para los transportes internacionales de mercancías por carretera de servicio público en las carreteras de los países miembros de la UE, de Suiza, Islandia, Noruega y Liechtenstein.
- La licencia comunitaria la expide cada país miembro al transportista que esté establecido en dicho país miembro.
- Se obtienen en una sola modalidad a empresas inscritas en RETIM que las solicite y tantas copias como autorizaciones de interior público pesado nacional posea inscritas, pudiendo ampliarlas si acredita e inscribe más autorizaciones, serán intransmisibles, en todo caso.
- Cada país se responsabiliza con entregar una copia de la licencia comunitaria al titular que la haya solicitado y un número de copias igual al número de vehículos de transporte público que este tenga.
- Las copias deben ir siempre a bordo de los vehículos y ser presentadas siempre que lo requieran los agentes encargados del control.
- La validez de las licencias comunitarias es de 5 años. Tras este periodo es necesario volverla a solicitar.
- Las empresas titulares de licencias comunitarias que deseen renovarlas antes de que expire su vigencia podrán presentar su solicitud dentro de los dos meses anteriores al plazo de vencimiento.
- La pérdida o extravío de la Licencia Comunitaria o de sus copias certificadas, dará lugar, previa solicitud de su titular, a la expedición de un duplicado por parte del órgano competente en aquellos casos en que resulte plenamente acreditada la efectiva pérdida del documento original y que ésta tuvo lugar por causas ajenas a la voluntad de su titular.
Países donde es válida la Licencia Comunitaria
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega , Países Bajos (Holanda), Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia y Suiza.
También permite la realización de transporte de cabotaje dentro de los límites recogidos en los artículos 8 y 9 del Reglamento (CE) nº 1072/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009 (de aplicación a partir del 14 de mayo de 2010). No está permitido el cabotaje en Suiza.
Transporte de cabotaje
En líneas generales, el cabotaje consiste en el transporte de personas o mercancías dentro de un mismo país, sin cruzar sus fronteras, pero cuyo desplazamiento está operado por una empresa de transporte extranjera. Para ello, tanto el país en el que se realice el transporte como el país originario de la empresa transportista, deben pertenecer a la Unión Europea.
Está regulado por las siguientes pautas:
- Debe existir un transporte internacional previo, que provenga o bien de un país de la Unión Europea o de un tercer país, produciéndose una descarga en un Estado miembro que sea diferente al de carga y origen (conocido como el Estado de acogida).
- Los transportistas podrán realizar un máximo de tres transportes de cabotaje consecutivos una vez cumplido con el envío internacional procedente de otro Estado de la Unión Europea o un tercer país y con destino al Estado de acogida.
- A partir de la última descarga en el Estado miembro de acogida, solo se tendrá un plazo de 7 días para la última descarga en el curso de un transporte de cabotaje.
- Está permitido una descarga de mercancía por país miembro de la Unión Europea en el plazo de tres días desde la entrada en el territorio.
Los servicios regulares
Dentro de este apartado encontramos dos modelos:
- Servicios regulares especiales, que deben estar amparados por un contrato entre el transportista y el organizador. Además, deberán cumplimentar una hoja de ruta en forma de resumen mensual.
- Servicios regulares prestados por un transportista no residente en el Estado miembro de acogida en el curso de un servicio regular internacional.
Los servicios discrecionales
Los transportes de cabotaje terrestre que se presenten en forma de servicios discrecionales deben contar obligatoriamente con una hoja de ruta que debe viajar siempre con el vehículo mientras se esté realizando el servicio.
Esta hoja de ruta de transporte de mercancías tiene que estar cumplimentada, en doble ejemplar, por el transportista o por el conductor antes de cada viaje.
El modelo que debe seguir la hoja de ruta en el transporte de cabotaje terrestre, tanto en forma de servicios discrecionales como regulares especiales, está marcado y se puede consultar en el Reglamento (UE) nº 361/2014 de la Comisión de 9 de abril de 2014.
Cuando el Cabotaje perturbe seriamente un mercando nacional de transporte
Se considerará que la actividad de cabotaje perturba seriamente un mercando nacional de transporte cuando se haya creado un excedente grave de la oferta de transporte sobre la demanda. En caso de que la actividad de cabotaje perturbe seriamente la situación de los transportes nacionales en una zona geográfica, el Estado afectado puede solicitar a la Comisión Europea que adopte medidas de salvaguarda, pudiendo excluir temporalmente de la zona afectada del ámbito de la aplicación de la normativa comunitaria durante seis meses prorrogables por otros 6 más.
Expedición Licencia comunitaria
La licencia comunitaria la expedirá cada Estado miembro a todo transportista habilitado para efectuar transportes internacionales de mercancías por carretera y que esté establecido en dicho Estado miembro.
Servicios liberalizados
En el ámbito de la Unión Europea quedan fuera del régimen de la licencia comunitaria y, por consiguiente, no precisan autorización de transporte internacional los siguientes servicios:
- Transportes postales realizados en un régimen de servicio universal.
- Transportes de vehículos accidentados o averiados.
- Transportes de mercancías con vehículo automóvil cuyo peso en carga total autorizado, incluido el de los remolques, no sea superior a 2,5 toneladas.
- Transportes de medicamentos, de aparatos y equipos médicos, y de otros artículos necesarios en casos de ayudas urgentes o de catástrofes naturales.
- Transportes de mercancías en régimen de servicio privado complementario.
Es decir: realizado con vehículos de la empresa, con conductores asalariados de la empresa, sin remuneración por el transporte, y para transportar mercancías fabricadas o adquiridas por la empresa.
Autorizaciones CEMT
Las autorizaciones del contingente multilateral de la CEMT son autorizaciones multilaterales de transporte internacional de mercancías por carretera, es decir, habilitan a su titular a realizar transporte desde o hacia el territorio de cualquiera de los Estados miembros de la Conferencia Europea de Ministros de Transporte (a partir de mayo de 2006 Foro Internacional del Transporte), o en tránsito a través de los mismos.
La CEMT es una organización ubicada en París que, actualmente, cuenta con 44 Estados miembros, 7 que se han asociados y 1 observador.
Países donde es válida la CEMT
Albania, Alemania, Armenia, Austria, Azerbaiyán, Bielorrusia, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, España, Estonia, Federación Rusa, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Islandia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malta, Moldavia, Montenegro, Noruega, Polonia, Portugal, R. Checa, Reino Unido, Rumania, Rusia, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía y Ucrania.
En Mayo de 2006, la CEMT se transformó en el Foro Internacional del Transporte (IFT) que nació para dar un enfoque más amplio a la Conferencia Europea de Ministros de Transportes (CEMT), tras la ampliación de la UE.
Próxima digitalización de las licencias CEMT y los libros de ruta que las acompañan. El año 2024 va a ser el último en que va a estar operativa la licencia CEMT en papel tradicional.
A partir del 1 de enero de 2025 las licencias y sus cuadernos de control estarán 100% digitalizadas y no habrá ningún documento en papel.
Expedición Autorizaciones CEMT
Las licencias CEMT se expiden, en función de criterios nacionales, a las empresas de transporte por carretera debidamente autorizadas a operar por la Autoridad competente del país en el que están establecidas.
Las licencias CEMT son licencias multilaterales, expedidas por la CEMT/ITF, para el transporte internacional de mercancías por carretera por cuenta ajena por empresas de transporte establecidas en un país miembro de la CEMT, sobre la base de un sistema de contingentes, siendo las operaciones de transporte efectuados:
- Entre países miembros de la CEMT; y/o
- En tránsito por el territorio de uno o varios países miembros de la CEMT por vehículos matriculados en un país miembro de la CEMT
Cuaderno de Ruta: En la lengua del país de matriculación del vehículo, numerado por las autoridades competentes para su expedición. Se debe de cumplimentar para cada viaje realizado al amparo de la autorización CEMT. En el cuaderno se anotará tanto los recorridos en carga como los recorridos en vacío.
Hoja Suplementaria (color blanco): Contiene una breve referencia a la autorización CEMT en las distintas lenguas de los Estados Miembros de la CEMT con excepción del inglés y francés.
- La autorización CEMT no autoriza la realización de transporte de cabotaje (carga y descarga dentro del territorio de un país distinto al de la matriculación del vehículo) ni el transporte entre un Estado miembro de la CEMT y otro que no sea miembro.
- En el transcurso de un transporte internacional, las autorizaciones CEMT sí autorizan a realizar varias operaciones internacionales de carga y descarga entre países CEMT, siempre respetando las siguientes condiciones:
- Después del primer viaje en carga entre el país de matriculación del vehículo y otro Estado miembro del ITF, el transportista podrá realizar tres operaciones de transporte internacional en carga siempre que no impliquen al país de matriculación del vehículo.
- Realizadas esas tres operaciones con carga, el vehículo, con carga o en vacío, deberá regresar necesariamente a su país de matriculación.
- No eximen de la obtención de las preceptivas autorizaciones especiales a los vehículos que excedan el peso y dimensiones autorizadas por los países.
- Algunas autorizaciones (debidamente señaladas como tales por un sello rojo) no pueden utilizarse sobre el territorio de determinados países miembros. Los países que actualmente tiene restricciones son: Grecia, Austria, Rusia, Italia y Hungría. Si las mercancías se transportan a través de uno de estos países con restricciones CEMT, dichos países pueden transitarse con una licencia bilateral, una autorización comunitaria o algún otro medio de transporte (autopista ferroviaria), permaneciendo a bordo la licencia CEMT desde el punto de carga hasta el punto de descarga.
Vehículos autorizados a usar las autorizaciones CEMT
Las autorizaciones CEMT/ITF están disponible para las empresas que cuenten con vehículos Euro – V, Euro – VI o superiores. Los vehículos pesados de categorías Euro inferiores están excluidos del sistema CEMT.
Estas normas de emisión Euro contemplan la reducción de la contaminación atmosférica debida al transporte por carretera, y determinan los límites máximos autorizados de emisión contaminantes para los vehículos móviles (en masa límite de las emisiones de Óxidos nitrosos NOx, de Monóxido de Carbono CO, de Hidrocarburos HC y Nox, de Partículas PM en Mg/km).
Se aplican según la fecha de puesta en servicio del vehículo, como se precisa a continuación:
- Euro V: después de septiembre de 2009 para la recepción y enero de 2011 para la matriculación de nuevos vehículos.
- Los vehículos EEV se asimilarán a los vehículos de la categoría EURO V: a efectos del uso y reparto de las autorizaciones CEMT.
- Euro VI: después de septiembre de 2014 para la recepción y septiembre de 2015 para la matriculación de nuevos vehículos.
En la Guía ECMT MULTILATERAL QUOTA USER GUIDE 2022, en los anexos 4 a 9, se incluyen los diferentes modelos de certificados y documentos. Estos modelos de certificados deben ser los utilizados obligatoriamente a partir del 1 de enero de 2022. Entre otros se incluyen los siguientes:
- Anexo 4. Modelo de Certificado de Conformidad con las Disposiciones Técnicas sobre Emisiones de Escapes y Emisiones sonoras y de escape y requisitos de seguridad para vehículos de motor «seguros según EURO V», «seguros según EEV» o «seguros según EURO VI».
- Anexo 5. Modelo de certificado de seguridad para un remolque.
- Anexo 6. Modelo de Certificado de Inspección Técnica de Vehículos a Motor y Remolques.
- Anexo 9. Modelo de Certificado de Conformidad con las Disposiciones Técnicas sobre Emisiones de Escapes y Sonoras y Requisitos de Seguridad para Vehículos de Motor (Camiones) «EURO V/5 Safe», «EEV Safe» o «EURO VI/6 Safe» de MMA superior a 3,5 y no superior a 6 Toneladas (incluyendo casos específicos para camiones de más de 6 Toneladas).
- Anexo 10. Modelo de Certificado de Seguridad para un Remolque de MMA no superior a 3,5 Toneladas.
Servicios liberalizados
No precisan autorización CEMT, los siguientes tipos de transporte:
- Los transportes de mercancías para vehículos cuyo MMA. en carga, incluyendo el de los remolques, no sobrepase las 3,5 Toneladas.(Italia ha hecho una reserva a este apartado).
- Los transportes discrecionales de mercancías con destino u origen en aeropuertos, en casos de desvío de servicios.(Alemania y la Rusia han hecho una reserva a este apartado)
- Los transportes de vehículos accidentados o averiados y el desplazamiento de vehículos de reparación de averías.
- Los desplazamientos en vacío de un vehículo para reemplazar a otro averiado en el extranjero, así como el retorno del vehículo averiado tras la reparación.
- Los transportes de ganado en vehículos construidos para tal propósito o reconvertidos permanentemente para el transporte de ganado y reconocidos como tales por las autoridades de los países miembros interesados.(Austria, Bulgaria, Chequia, Estonia, Francia, Alemania, Hungría, Italia, Polonia, la Rusia y Suiza han hecho una reserva a este apartado).
- Los transportes de piezas de recambio y de productos destinados al avituallamiento de barcos y aviones.(Chequia, Alemania y Rusia han hecho una reserva a este apartado).
- Los transportes de artículos médicos y medicinas en casos de urgencias principalmente, en casos de catástrofes naturales y los transportes de ayuda humanitaria.
- Los transportes de objetos y obras de arte con destino a ferias y exposiciones o sin fines comerciales.(Alemania ha hecho una reserva a este apartado).
- El transporte con fines no lucrativos de material, accesorios y animales con destino o procedentes de manifestaciones teatrales, musicales, deportivas, cinematográficas, circos, ferias, así como los destinados a tomas cinematográficos o de televisión.(Alemania ha hecho una reserva a este apartado).
- Los transportes de mercancías por cuenta propia.(Austria, Bielorrusia Bulgaria, Chequia, Estonia, Finlandia, Francia, Hungría, Italia, Lituania, Polonia, Rusia, Suecia y Turquía han hecho una reserva a este apartado).
- Los transportes funerarios.
- Las mudanzas realizadas por empresas especializadas no están liberalizadas, pero sí disponen de un régimen de autorizaciones no sometidas a contingente denominadas MUDANZAS CEMT.
Las disposiciones de este capítulo no afectan al Derecho de la Unión Europea, a las disposiciones del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo ni a los acuerdos entre la Unión Europea y los países no miembros de la UE que son miembros de la CEMT.
Documentación a llevar a bordo del vehículo tractor
De forma básica y resumida, la documentación que debe ir a bordo de los vehículos tractores es la siguiente. Estos requisitos se desarrollan en la Guia de uso de la CEMT.
- Un cuaderno de ruta: llamado oficialmente “Carnet de Ruta para el transporte internacional de mercancías”, en la lengua del país de matriculación del vehículo, y numerado por las autoridades competentes para su expedición.
- La autorización CEMT: debidamente cumplimentada y sellada según se trate de un vehículos Euro – V, Euro – VI o superior. Recordamos que algunas autorizaciones no pueden utilizarse sobre el territorio de determinados países miembros porque tienen restricciones. Tales autorizaciones irán selladas con la inicial en rojo del país de que se trate.
- La llamada Hoja Suplementaria: (color blanco) que contiene una breve referencia a la autorización CEMT en las distintas lenguas de los Estados Miembros de la CEMT con excepción del inglés y francés
- El certificado de cumplimiento de las disposiciones técnicas relativas a las emisiones de escape y sonoras y a los requisitos de seguridad de un vehículo de motor EURO V, EEV o EURO VI (anexo 4 de las Guías de uso).
- Para un vehículo de motor (camión) de MMA superior a 3,5 e inferior o igual a 6 toneladas, el Certificado de conformidad de las disposiciones técnicas relativas a las emisiones de escape y sonoras y a los requisitos de seguridad para EURO V, EEV o EURO VI de MMA superior a 3,5 e inferior o igual a 6 toneladas (incluidos los casos específicos para camiones de más de 6 toneladas) (anexo 9 de la Guía de uso).
- El certificado de cumplimiento de los requisitos de seguridad del remolque o semirremolque (ver anexo 5 de la Guía de uso).
- Para un remolque de MMA que no supere las 3,5 toneladas debe utilizarse el Certificado de conformidad de un remolque de MMA que no supere las 3,5 toneladas con los requisitos técnicos de seguridad (anexo 10 de la Guía de uso).
- El certificado de inspección técnica del vehículo de motor y del remolque o semirremolque (anexo 6 de la Guía).
Los certificados deben estar cumplimentados en una de estas cuatro lenguas (la del país de matriculación del vehículo, francés, inglés o alemán) y también firmados. Deben estar acompañados de una traducción en al menos otras dos de esas cuatro lenguas. Todos los certificados estarán numerados.
Requisitos para el otorgamiento
Con carácter general, se otorgarán a las empresas que ya dispusieran de las mismas en el 1 de enero del año anterior, salvo que las hubieran utilizado de forma incorrecta.
Se entenderá que la autorización CEMT ha sido utilizada de forma incorrecta cuando su titular no devuelva debidamente cumplimentados los cuadernos de ruta que acompañan a la autorización o no haya hecho uso de la autorización.
Los incrementos anuales de cupos de autorizaciones que se produzcan se distribuirán atendiendo a criterios de dimensión empresarial y viajes realizados a países no pertenecientes a la U.E.
Autorizaciones Transporte Internacional Bilaterales
España tiene suscritos 17 Convenios bilaterales sobre Transporte Internacional por Carretera con terceros países no miembros de la UE, que habilitan al transportista español a realizar transporte internacional desde o hacia tales países o en tránsito por el territorio de los mismos sobre la base de un régimen de contingente.
Se denominan autorizaciones bilaterales aquellas autorizaciones extranjeras cuya distribución u otorgamiento le ha sido encomendado a la Administración española a través del correspondiente convenio con el Estado extranjero de que se trate, y habilitan al transportista español a realizar transporte desde o hacia dicho Estado, o en tránsito a través del mismo.
Países con convenios Bilaterales con España
Albania, Andorra, Argelia, Bielorrusia, Bosnia, Irán, Kazajstán, Macedonia, Marruecos, Moldavia, Montenegro, Rusia, Serbia, Túnez, Turquía, Ucrania y Uzbekistán.
Respecto a los tipos de autorizaciones bilaterales, cabe señalar que hay dos:
- Autorizaciones bilaterales en función de periodo de validez de la autorización: estas autorizaciones puede tener validez para un único viaje, para un periodo de un año, etcétera.
- Autorizaciones bilaterales en función el servicio: universales, de cooperación, etcétera.
Cuadro resumen de autorizaciones permitidas en cada país:
País | Licencia Comunitaria | Autorización CEMT | Autorización Bilateral |
Albania | x | x | |
Alemania | x | x | |
Andorra | x | ||
Argelia | x | ||
Austria | x | x | |
Bélgica | x | x | |
Bielorrusia | x | x | |
Bosnia | x | x | |
Bulgaria | x | x | |
Chipre | x | ||
Croacia | x | x | |
Dinamarca | x | x | |
Eslovaquia | x | ||
Eslovenia | x | x | |
España | x | x | |
Estonia | x | x | |
Finlandia | x | x | |
Francia | x | x | |
Grecia | x | x | |
Hungría | x | x | |
Irán | x | ||
Irlanda | x | x | |
Islandia | x | x | |
Italia | x | x | |
Kazajstán | x | ||
Letonia | x | x | |
Liechtenstein | x | x | |
Lituania | x | x | |
Luxemburgo | x | x | |
Macedonia | x | x | |
Malta | x | x | |
Marruecos | x | ||
Moldavia | x | x | |
Montenegro | x | x | |
Noruega | x | x | |
Países Bajos (Holanda) | x | x | |
Polonia | x | x | |
Portugal | x | x | |
Reino Unido | x | x | |
República Checa | x | x | |
Rumanía | x | x | |
Rusia | x | x | |
Serbia | x | x | |
Suecia | x | x | |
Suiza | x | x | |
Túnez | x | ||
Turquía | x | x | |
Ucrania | x | x | |
Armenia | x | ||
Azerbaiyán | x | ||
Georgia | x |
Tipos de autorizaciones en función del período de validez:
- TEMPORALES: Las de corta duración son de color amarillo y tienen una validez de 30 días, las de color verde cuentan con una validez de un año natural, de enero a diciembre. , con independencia del número de viajes.
- AL VIAJE: Válidas para un solo viaje de ida y vuelta.
Por el tipo de servicio:
- CONTINGENTE O ZONA LARGA: Válidas para cualquier transporte con destino y/o origen en España y origen y/o destino en el País de que se trate.
- TRANSITO: Válidas únicamente para transitar por el territorio del País de que se trate sin tomar ni dejar mercancías.
- ENTRADA EN VACIO: Permiten entrar un vehículo en vacío para salir con carga del País.
- TRIANGULARES: Permiten tomar carga en un País para dejarla en otro distinto de los firmantes del Acuerdo, transitando el vehículo por el País de matriculación. (Ejemplo, Vehículo español que toma carga en Marruecos con destino a Bielorrusia).
- TRIANGULARES IRREGULARES: A diferencia de las triangulares puras no exigen el tránsito por el País de matriculación del vehículo. (ejemplo: vehículo español que toma carga en Alemania con destino a la Ucrania).
- FUERA DE CONTINGENTE: No se computan dentro del global de autorizaciones intercambiadas de carga general y sirven únicamente para determinados tipos de transportes de especialidad (frigoríficos, mudanzas).
- COOPERACION: Cubren los servicios resultantes de Acuerdos de colaboración entre empresas de transporte de los dos países firmantes del Acuerdo.
- UNIVERSALES: Sustituyen a cualquiera de las autorizaciones anteriores y, por lo tanto, pueden utilizarse en tránsito, para entradas en vacío, para tráficos triangulares…, etc.
Requisitos para el otorgamiento
Con carácter general, se exige que la empresa esté inscrita en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte (REAT), con competencia para el transporte de mercancía por carretera y sea titular de al menos una autorización de transporte interior público de mercancías de ámbito nacional referida a un vehículo pesado.
Se exige la devolución de las autorizaciones bilaterales en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de terminación del transporte, o a partir de su fecha límite de validez cuando se trate de autorizaciones temporales (artículo 11 de la Orden de 4 de abril de 2000).
Caso especial de Andorra: El transporte internacional de mercancías por carretera hacía Andorra deberá realizarse al amparo de una autorización bilateral temporal (válida desde el 1 de enero hasta el 31 de enero del año siguiente) acompañada del correspondiente Cuaderno de Hoja de Ruta.
En el transporte de mercancías se permitirá un servicio de cabotaje después del servicio internacional entrante (art. 2.4 del Acuerdo bilateral). La solicitud se acompañará del ejemplar para la Administración del Modelo 790 (Código 023) de la Agencia Tributaria de liquidación de tasas.
Caso especial de Marruecos: En caso que el interesado solicite autorización bilateral temporal (válida desde el 1 de enero hasta el 31 de enero del año siguiente) que le habilite a realizar transporte a Marruecos y desde dicho Estado o en tránsito a través del territorio del mismo, la solicitud deberá realizarse exclusivamente de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Convenio TIR
El Convenio TIR es un convenio de transporte que se define como un sistema de tránsito aduanero internacional de mercancías.
El objetivo del mismo es facilitar el tránsito internacional a través de procedimientos de tránsito aduanero simplificados y de un sistema de garantías internacionales.
El TIR fue creado en la década de los setenta por la UNECE (United Nations Economic Commission for Europe) con el fin de agilizar el transporte de mercancías entre países diferentes.
En él se establecen las normas necesarias que una carga debe cumplir para no ser revisada en las aduanas por las que debe pasar desde que sale de su país de origen hasta que llega al país de destino.
Para poder realizar un transporte bajo régimen TIR, hay que satisfacer las condiciones siguientes:
- Una «asociación garante» que asegura que la persona, física o jurídica, que utilizan el régimen TIR pagará la deuda aduanera y fiscal en que incurra el transporte. Las asociaciones garantes están integradas en la IRU (International Road Transport Union), con sede en Ginebra. El límite máximo de responsabilidad a la que deben hacer frente las asociaciones garantes por cada cuaderno TIR es 100.000 euros.
- La carga es conforme a las restricciones sobre el tipo de mercancías: sin manipulación intermedia de la carga, en vehículo de transporte, en conjunto de vehículos o en contenedor.
- El vehículo lleva dos «placas TIR», una delantera y otra trasera.
- El transportista o conductor dispone de un «cuaderno TIR», que es el documento de tránsito, aceptado internacionalmente,
- El «cuaderno TIR» va ligado a la carga; así, el titular del cuaderno debe ser el propietario del semirremolque.
- Tanto la aduana de origen como la destino deben ser aduanas TIR.
Así, el Convenio TIR establece la operativa para que durante el transporte entre aduanas de dos países no sea necesaria la inspección en las aduanas de los países intermedios, ni en frontera, permitiendo llegar más rápidamente a los camiones al país de destino.
Su utilización es para países de fuera de la Unión Europea,
ya dentro de una unión aduanera existe la libre circulación de mercancías.
Una operación TIR es la que transcurre entre una aduana de salida y una de destino según el procedimiento TIR:
- Los vehículos en régimen TIR se consideran en importación temporal junto a las mercancías, y puede ser cualquier vehículo sometido a aprobación especial, conjunto de vehículos y contenedores.
- Las mercancías no están sujetas al pago o depósito de derechos e impuestos en las aduanas de tránsito.
- Se señaliza el transporte con placas delanteras y trasera con la inscripción TIR.
- Es de aplicación entre países signatarios del acuerdo para el transporte de mercancías sin manipulación de carga en vehículos de transporte, conjunto de vehículos o en contenedores. No se aplica en el transporte comunitario.
Actualmente, 75 países de diferentes continentes están suscritos al convenio TIR (aquí se incluyen los países que forman parte de la Unión Europea). Es un convenio que ha ido extendiéndose desde el continente europeo hasta otros países situados en el Norte de África y Oriente Medio.
Los últimos países que se han incorporado a este convenio han sido los siguientes: Catar, Palestina, Arabia Saudita, Argentina y Omán.
Procedimiento Convenio TIR
La mercancía es revisada en la aduana de origen, que pone los precintos correspondientes y vuelve a ser revisada en la aduana de destino, quien quita los precintos.
El resto de aduanas por las que pasa solo se encargan de verificar que todo es correcto.
- El transportista presenta el Cuaderno TIR en la aduana de origen, se comprueba que el manifiesto coincide con la mercancía, se precinta, se firma y se sella.
- Cada aduana debe verificar los precintos y el cuaderno.
- Cuando la carga llega a destino, la aduana comprueba precintos y carga. Así finaliza la operación.
Cuaderno TIR
El Cuaderno TIR es el reflejo de la mercancía por medio de papeles, por lo que se debe presentar en las aduanas de paso a lo largo de todo el trayecto.
- Expedición: El cuaderno TIR se expedirá en el país de salida o en el país en el que esté establecido o domiciliado el titular.
- Idioma: El cuaderno TIR estará impreso en francés, con excepción de la página 1 de la cubierta cuyas rúbricas estarán también impresas en inglés; las normas para la utilización del cuaderno TIR se reproducen también en inglés en la página 3 de dicha cubierta. Podrán además agregarse al cuaderno hojas suplementarias con la traducción del texto impreso a otros idiomas.
- Validez: El cuaderno TIR será válido hasta la terminación de la operación TIR en la aduana de destino, siempre que haya sido aceptado en la aduana de salida dentro del plazo fijado por la asociación expedidora (rúbrica 1 de la página 1 de la cubierta y rúbrica 4 de los talones)
- Número de cuadernos: No se establecerá más que un cuaderno TIR para un conjunto de vehículos (vehículos acoplados) o para varios contenedores cargados sobre un solo vehículo o un conjunto de vehículos.
- Número de aduanas de salida y de destino: Los transportes efectuados al amparo de un cuaderno TIR podrán tener varias aduanas de salida y de destino, pero salvo autorización:
a) Las aduanas de salida deberán estar situadas en el mismo país;
b) Las aduanas de destino no podrán estar situadas en más de dos países;
c) El número total de aduanas de salida y de destino no podrá exceder de ocho. - Número de hojas: Si el transporte se efectúa por una sola aduana de salida y una sola aduana de destino, el cuaderno TIR deberá tener por lo menos dos hojas para el país de salida, tres hojas para el país de destino y dos hojas para cada país restante cuyo territorio se atraviese. Por cada aduana de salida o destino suplementaria se necesitarán otras dos, o en su caso tres hojas; si las aduanas de destino están situadas en dos países distintos, habrá que agregar además otras dos hojas.
- Presentación en las aduanas: El cuaderno TIR será presentado, juntamente con el vehículo de transporte por carretera, el conjunto de vehículos, el contenedor o los contenedores, en cada una de las aduanas de salida, de tránsito y de destino. En la última aduana de salida, el funcionario competente firmará y pondrá sello de la aduana con la fecha del día al pie del manifiesto de todos los talones que hayan de utilizarse para la continuación del transporte.
- Descargo de una operación TIR: El reconocimiento por la autoridad aduanera de destino de que la operación ha finalizado correctamente.
Aduanas en operación TIR
Las autoridades aduaneras u otras autoridades competentes autorizan a asociaciones para que expidan cuadernos TIR y actúen como garantes. Dichas asociaciones:
- Deben haber existido durante como mínimo un año en el país de expedición;
- Deben contar con pruebas de una situación financiera solvente y capacidad para cumplir sus obligaciones;
- No deben haber cometido infracciones graves o reiteradas de la legislación aduanera o fiscal.
Un cuaderno TIR solo puede expedirse a personas con:
- Experiencia demostrada o capacidad para dedicarse al transporte internacional regular.
- Buena situación financiera;
- Ausencia de infracciones graves o reiteradas de la legislación aduanera o fiscal;
- Conocimientos demostrados del Convenio TIR.
Transporte de mercancías al amparo de un cuaderno TIR
Las mercancías solo deben transportarse en vehículos o contenedores aprobados que cumplan los requisitos de construcción y acondicionamiento.
Las Partes pueden negarse a reconocer la validez de la aprobación de vehículos de carretera o contenedores que no cumplan estas condiciones, pero deben evitar retrasar el transporte por defectos menores que no entrañen ningún riesgo de fraude.
- El documento por el cual el importador declara el valor de la mercancía para formar la base imponible del arancel de aduana se llama DV1.
- Solo la aduana de destino verifica visualmente la mercancía transportada. Aunque en casos de sospecha por irregularidad, las aduanas de tránsito pueden llevar a cabo una inspección.
- Como aduana de destino se entiende: Aquella en que termine, en todo o en parte, un transporte internacional con arreglo al procedimiento TIR.
Transporte de mercancías al amparo de un Cuaderno ATA
El documento aduanero uniforme que permite la exportación o importación temporal de mercancías en los países adheridos al Convenio que lo regula, sin tener que pagar derechos aduaneros, se conoce por el nombre de cuaderno ATA.
El cuaderno ATA es un documento de Admisión Temporal de mercancías válido en los países miembros de la Cadena ATA que sustituye a los documentos nacionales de exportación e importación temporal, en ciertos supuestos y cumpliendo determinados requisitos.
La garantía asociada a los cuadernos ATA cubre los impuestos y gravámenes derivados de la importación de los bienes. El plazo máximo de vigencia permitido para los cuadernos ATA es de un año.
Permiten que las mercancías de la empresa exportadora puedan viajar fuera de las fronteras nacionales con el fin de:
- Ser expuestas en ferias y exposiciones.
- Ser utilizadas para la realización de trabajos o servicios de tipo profesional.
- Ser presentadas como muestras comerciales por representantes.
La empresa que emplea el cuaderno ATA se compromete a:
- Reimportar, en territorio Comunitario, las mercancías amparadas por el cuaderno dentro de los plazos autorizados.
- El plazo máximo de reexportación de una mercancía importada al amparo de un cuaderno ATA es el de vigencia del cuaderno ATA correspondiente.
- Cumplir lo dispuesto por las Administraciones aduaneras comunitarias y de los países de destino o tránsito, para la utilización de los Cuadernos ATA.
- Satisfacer, en caso de venta, cesión, abandono, pérdida, robo, destrucción fortuita, omisión del trámite aduanero de reexportación, reexportación en fecha posterior al plazo autorizado de estancia en el país, etc., el importe de los derechos de importación y otras tasas correspondientes en vigor, a la Administración Aduanera del país de importación o reembolsar, a la Cámara de Comercio emisora, todas las sumas que, en concepto de derechos de importación y tasas, deba abonar a las autoridades aduaneras del país de admisión temporal, y de cuantos gastos origine la cancelación definitiva de este documento.
Las Cámaras de Comercio son las encargadas de su emisión.
En la página web de las Cámaras de Comercio (http://www.camara.es/comercio-exterior/cuaderno-de-admision-temporal-de-mercancias-ata) se pueden consultar:
A) El listado de territorios que admiten cuadernos ATA con información detallada sobre las operaciones de admisión temporal que se pueden realizar con este documento (Convenio de “Material Profesional”, Convenio de “Ferias y Exposiciones”, Convenio de “Muestras comerciales”, Convenio de “Material Científico”, etc.) y otra información de utilidad (idiomas en que los cuadernos deben ser cumplimentados, oficinas de aduanas autorizadas para aceptar cuadernos, horario oficial para operaciones ATA, garantía, etc.).
B) La documentación necesaria para la solicitud de un cuaderno ATA, que incluye la constitución de una garantía (con varias modalidades: Póliza de Seguro, Aval bancario, depósito).
NOTA ACLARATORIA:
Hay que tener en cuenta que el cuaderno ATA, no aplica a productos alimenticios.
Por otro lado, los cuadernos CPD (China-Taiwan), gestionados también a través de las Cámaras de Comercio, se utilizan para la exportación e importación temporal en Taiwán y sus características y finalidad son esencialmente las mismas que las de los cuadernos ATA.
Requisitos convenio TIR
Los requisitos para cumplir con el convenio TIR son los siguientes:
- El transporte se desarrolla en aduanas especiales TIR.
- La mercancía dispone de un cuaderno TIR que contiene especificaciones de la carga y que es muy útil para permitir el paso de la mercancía por las aduanas.
- Las mercancías siempre deben ir en un camión con la adecuada habilitación y bien precintadas. Dichos vehículos se consideran objeto de una importación temporal y, por tanto, no quedan sujetos al pago de ningún impuesto aduanero ni necesitarán documentación especial.
- Tanto los vehículos como los contenedores que llevan las mercancías deben reconocerse mediante la disposición de dos placas con la inscripción TIR, dispuestas en la parte delantera y posterior, respectivamente.
- No se requieren documentos aduaneros especiales para la importación temporal de un vehículo de carretera o contenedor.
- Se extiende un único cuaderno TIR para cada vehículo o contenedor (o para varios contenedores cargados en un único vehículo de carretera o en un conjunto de vehículos). Los cuadernos son válidos para un solo viaje.
- Un transporte TIR puede efectuarse a través de hasta ocho Aduanas de salida y destino.
- Las autoridades aduaneras del país de salida deben cerciorarse de la exactitud del manifiesto de mercancías.
- En las Aduanas de tránsito y en el lugar de destino, debe presentarse el vehículo de carretera (y su carga) con su cuaderno TIR con fines de control;
- En principio, las oficinas de Aduanas deben aceptar precintos intactos colocados por otras Partes Contratantes, pero pueden añadir sus propios precintos.
Las autoridades aduaneras no deben, salvo en casos especiales, exigir que los vehículos:
- Sean escoltados, a expensas de los transportistas, en el territorio de su país; o
- Sean inspeccionados en el curso del viaje.
El Convenio establece los procedimientos en caso de que los precintos aduaneros fueren rotos en el curso del viaje o si algunas mercancías se hubieren echado a perder, o hubieren resultado dañadas sin rotura de los precintos.
Se aplican condiciones especiales para el transporte de mercancías pesadas o voluminosas.
Irregularidades
Para toda infracción del Convenio:
- el contraventor está sujeto a las sanciones previstas por la legislación del país donde fuere cometida la infracción;
- cada Parte Contratante tiene derecho a excluir, temporal o definitivamente, a toda persona culpable de infracción grave o reiterada de la legislación aduanera aplicable al transporte internacional de mercancías.
Los vehículos y contenedores que llevan la carga se deben identificar con dos placas con la inscripción TIR (una delantera y otra posterior). Por otro lado, el Cuaderno TIR contiene tantas hojas como fronteras se atraviesan.
En España lo expide la ASTIC, la Asociación de Transporte Internacional por Carretera (ASTIC), una asociación fundada en el año 1960, la más antigua de las organizaciones de empresas de transporte de mercancías españolas y la segunda más veterana de en el transporte de pasajeros, es miembro de la IRU.
Asociación de Transporte Internacional por Carretera (ASTIC)
- Como asociación garante se compromete al pago de los derechos de importación o exportación exigibles por los usuarios TIR que se reclaman por las personas responsables directamente del pago.
- Es obligatoria que exista para que salga fiadora por los usuarios TIR, y para ello emite títulos de garantía.
- Para ser autorizada en un país debe garantizar las responsabilidades por operaciones de otras asociaciones extranjeras afiliadas al organismo internacional al que pertenezcan.
- El Certificado Agrement garantiza que no puede introducirse o sacarse mercancías sin romper los precintos. Es necesario en el régimen TIR.
Ventajas del convenio TIR
Los trámites que hay que realizar en las aduanas son mucho más sencillos y rápidos puesto que no hay que revisar toda la mercancía cada vez que se pasa por una frontera. Esto significa que el convenio TIR conlleva una reducción de los trámites en aduanas, al tiempo que proporciona una aceleración del comercio internacional puesto que no se tienen que abonar derechos de aduanas ni tributos.
Además de esa reducción en los trámites de las aduanas, el convenio TIR tiene muchas otras ventajas, algunas de las más destacadas te las nombramos a continuación:
- Coherencia en los trámites de paso de fronteras.
- Pago de los derechos y las tasas aduaneras asegurados.
- Operaciones internacionales más rápidas.
- Reducción de los costes.
- Posibilidad de realizar pre-declaraciones telemáticamente de manera gratuita.
Vehículos TIR
El transporte siempre ha de realizarse por medio de vehículos TIR.
Los vehículos TIR son aquellos que cuentan con un «Certificado de Agreement TIR» vigente.
El «Certificado de aprobación del vehículo TIR», es otorgado por parte de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales a los vehículos que han superado una revisión y, como hemos comentado, tiene una validez de dos años. Asimismo, para dicha revisión del vehículo las autoridades aduaneras pertinentes deben comprobar lo siguiente:
- Que el vehículo no tenga dobles fondos.
- Que la caja de la que dispone se pueda precintar y revisar de forma sencilla.
- Que la única manera de extraer la mercancía sea rompiendo el precinto.
Estos, por tanto, serían otros requisitos a tener en cuenta para poder transportar las mercancías con vehículos TIR.
Contenedores TIR
- Deben constituir un compartimento total o parcialmente cerrado, destinado a contener mercancías.
- Tener al menos un volumen interior de un metro cúbico por lo menos.
- Estar ideados de tal suerte que resulte fácil llenarlos y vaciarlos.
Otros Documentos y trámites en el Tránsito Aduanero
El tránsito aduanero es un procedimiento fundamental en el comercio internacional que permite el movimiento de mercancías a través de diferentes fronteras aduaneras de forma segura y eficiente.
La declaración previa a la salida de mercancías del territorio aduanero de la Unión se hace mediante una declaración sumaria de salida que realizará el transportista. A más tardar, una hora antes de que las mercancías vayan a salir.
Mercancías que circulen en un medio de transporte único, se pueden incluir en una misma declaración sumaria de tránsito de la Unión, cuando circulen desde una única aduana de partida a una única aduana de destino:
- Cuando las mercancías van a salir del territorio aduanero de la Unión Europea, deben incluirse en régimen aduanero de exportación.
- Cuando las mercancías van a entrar en del territorio aduanero de la Unión Europea, deben incluirse en régimen aduanero de exportación.
- Cuando las mercancías van a salir del territorio aduanero de la Unión Europea, pero vuelven a entrar nuevamente se debe formular una declaración de reexportación.
Un transporte realizado en régimen de tránsito de la Unión, se debe efectuar siguiendo un itinerario obligatorio si es fijado por la aduana de partida por considerarlo necesario.
El plazo de presentación de las mercancías en la aduana de destino lo fijará la aduana de partida y se calculará en base a :
- El itinerario.
- El medio de transporte.
- La legislación en materia de transportes.
La obligación de presentar en la aduana de destino las mercancías incluidas en una operación de tránsito de la Unión corresponderá a:
- Al titular del régimen de tránsito.
- Al transportista que las acepte sabiendo que están incluidas en una operación de tránsito.
- Al destinatario que las acepte sabiendo que están incluidas en una operación de tránsito.
Tránsito Externo
El tránsito externo es un régimen aduanero que permite la circulación de mercancías no pertenecientes a la Unión de un punto a otro dentro del territorio aduanero de la Unión sin estar sujetas a derechos de importación, a otros gravámenes prescritos por disposiciones en vigor ni a medidas de política comercial.
La inclusión de las mercancías en el régimen de tránsito está condicionada a la existencia de una garantía individual o bien a la posesión de una autorización de garantía global o dispensa de garantía.
- El importe de la garantía individual mediante títulos asciende de 7.000 euros a 10.000 euros.
- En aquellos supuestos en los que no sea posible calcular el importe de la deuda potencial aduanera y fiscal que se generaría en el supuesto de un incumplimiento del régimen de tránsito, el importe fijo asciende de 7.000 euros a 10.000 euros.
Tránsito Interno
El tránsito interno es un régimen aduanero que permite la circulación de mercancías de la Unión entre dos puntos del territorio aduanero de la Unión pasando por un país o territorio no perteneciente a dicho territorio sin que su estatuto aduanero se modifique.
El Código Aduanero de la Unión establece las siguientes simplificaciones en relación con la inclusión de las mercancías en el régimen de tránsito:
- Expedidor autorizado.
- Destinatario autorizado.
- Empleo de precintos de tipo especial.
- Empleo de una declaración en aduana con menos requisitos de datos para el transporte de mercancías por ferrocarril y por vía marítima y aérea cuando no se utilice un documento electrónico de transporte como declaración de tránsito.
- Empleo de un documento electrónico de transporte como declaración de tránsito para las mercancías transportadas por vía marítima o aérea.
Documento Único Administrativo
El DUA, o Documento Único Administrativo, es un documento aduanero que se utiliza en el comercio internacional para realizar operaciones de importación y exportación de mercancías.
Este documento es esencial para el proceso de despacho aduanero y permite a los importadores y exportadores cumplir con las obligaciones legales y fiscales en el proceso de comercio internacional.
- El DUA contiene información detallada sobre la mercancía que se importa o exporta, como el origen y el destino de la mercancía, su valor y peso, el modo de transporte y los impuestos que se deben pagar.
- También incluye información sobre la empresa importadora o exportadora, así como sobre los intermediarios que participan en la operación.
- El DUA es obligatorio para todas las operaciones de importación y exportación que se realizan en el territorio de la Unión Europea.
Es importante señalar que el DUA puede presentarse en formato físico o electrónico, dependiendo del país y de las normas específicas de cada operación.
Además de su función aduanera, el DUA también sirve como documento de declaración fiscal para el pago de impuestos y aranceles. El DUA permite a los importadores y exportadores cumplir con las obligaciones fiscales establecidas por las autoridades aduaneras y tributarias del país de origen y de destino.
Otro propósito del DUA es el control de las estadísticas comerciales. El DUA proporciona información detallada sobre las operaciones de importación y exportación que se realizan en un país y es utilizado por las autoridades para la elaboración de estadísticas comerciales que permiten a los gobiernos tomar decisiones importantes en materia económica.
Finalmente, el DUA también sirve como documento de transporte y garantiza que la mercancía llegue a su destino final sin problemas. El DUA contiene información sobre el modo de transporte, el itinerario, el embalaje y la identificación de la mercancía, lo que permite a los intermediarios del transporte garantizar la correcta entrega de la mercancía.
Documentos de control aduanero T1, T2, T2L y T2LF
Durante el tránsito aduanero, las mercancías son sometidas a un control aduanero y se utilizan documentos específicos para garantizar su trazabilidad y cumplimiento de las regulaciones aduaneras.
Estos documentos, como el T1, T2, T2L y T2LF, desempeñan un papel clave en la gestión y supervisión de las mercancías en tránsito, contribuyen al correcto funcionamiento del tránsito aduanero agilizando y facilitando el comercio internacional, reduciendo los costos y los tiempos asociados a los trámites aduaneros. Al permitir el transporte ininterrumpido de mercancías a través de diferentes fronteras aduaneras, se fomenta el intercambio comercial y se promueve el desarrollo económico a nivel global.
Documentos T1
El documento T1 es un documento utilizado en el tránsito aduanero para el transporte de mercancías no comunitarias a través del territorio aduanero de la Unión Europea (UE).
Su función principal es garantizar que las mercancías en tránsito estén bajo control aduanero y que se cumplan todas las obligaciones aduaneras correspondientes.
El T1 se emite en el país de origen y se presenta a las autoridades aduaneras al entrar en el territorio aduanero de la UE.
Este documento permite el transporte de mercancías de un punto de entrada aduanero a otro, sin pagar los aranceles e impuestos correspondientes hasta llegar a su destino final o a otro régimen aduanero específico.
Requisitos para el uso del documento T1:
- Autorización aduanera: El titular del documento T1 debe contar con la autorización aduanera correspondiente para utilizarlo. Esta autorización se obtiene previamente ante las autoridades aduaneras competentes.
- Identificación precisa de las mercancías: El documento T1 debe contener información detallada sobre las mercancías transportadas, como su descripción, cantidad, peso, valor y cualquier otro dato relevante para su identificación.
- Ruta de tránsito: Se debe especificar claramente la ruta de tránsito que seguirán las mercancías, indicando los puntos de entrada y salida aduaneros, así como los lugares de carga y descarga.
- Condiciones de transporte y seguridad: El documento T1 debe incluir información sobre las condiciones de transporte y las medidas de seguridad aplicables a las mercancías en tránsito.
Procedimiento de emisión y tramitación del documento T1
- El procedimiento de emisión y tramitación del documento T1 involucra varias etapas, que pueden variar según el país y las regulaciones aduaneras específicas. A continuación, se describen los pasos generales:
- Solicitud del documento T1: El exportador o su representante autorizado solicita el documento T1 ante las autoridades aduaneras competentes en el país de origen. La solicitud debe contener la información necesaria sobre las mercancías, la ruta de tránsito y otros detalles relevantes.
- Emisión del documento T1: Una vez verificada la información proporcionada y cumplidos los requisitos, las autoridades aduaneras emiten el documento T1 al solicitante. Este documento se genera en formato electrónico y se proporciona al transportista o al representante autorizado para su uso en el tránsito aduanero.
- Presentación y control aduanero: Al entrar en el territorio aduanero de la UE, el transportista presenta el documento T1 a las autoridades aduaneras en el punto de entrada. Las autoridades verifican la información y realizan los controles aduaneros correspondientes para garantizar el cumplimiento de las regulaciones aduaneras.
- Seguimiento y finalización del tránsito: Durante el transporte, las autoridades aduaneras pueden realizar controles aleatorios para verificar la integridad de las mercancías y el cumplimiento de las condiciones establecidas en el documento T1. Una vez que las mercancías llegan a su destino final o se someten a otro régimen aduanero, se finaliza el tránsito y se cierra el documento T1.
El documento T1 desempeña un papel crucial en el tránsito aduanero al garantizar el control y la trazabilidad de las mercancías no comunitarias que atraviesan el territorio aduanero de la UE.
Documentos T2
El documento T2 es un documento aduanero utilizado en el tránsito aduanero para el transporte de mercancías comunitarias dentro del territorio aduanero de la Unión Europea (UE).
Su función principal, al igual que el T1, es garantizar que las mercancías en tránsito cumplan con las regulaciones aduaneras establecidas y que se realicen los controles aduaneros correspondientes.
Requisitos para el uso del documento T2
El uso del documento T2 está sujeto a ciertos requisitos para asegurar su validez y aplicabilidad en el tránsito aduanero de mercancías comunitarias.
Algunos de los requisitos más comunes son:
- Autorización aduanera: El titular del documento T2 debe contar con la autorización aduanera correspondiente para su utilización. Esta autorización se obtiene previamente ante las autoridades aduaneras competentes.
- Mercancías comunitarias: El documento T2 solo puede utilizarse para el transporte de mercancías que sean consideradas comunitarias, es decir, aquellas que se originan o están en libre circulación dentro del territorio aduanero de la UE.
- Identificación precisa de las mercancías: Al igual que en el T1, el documento T2 también debe contener información detallada sobre las mercancías transportadas, como su descripción, cantidad, peso, valor y cualquier otro dato relevante para su identificación y clasificación aduanera.
- Ruta de tránsito: Se debe especificar claramente la ruta de tránsito que seguirán las mercancías dentro del territorio aduanero de la UE, indicando los puntos de entrada y salida aduaneros, así como los lugares de carga y descarga.
Procedimiento de emisión y tramitación del documento T2
El procedimiento de emisión y tramitación del documento T2 implica varias etapas, que son las mismas que hemos visto en el documento T1.
- Solicitud del documento T2.
- Emisión del documento T2.
- Presentación y control aduanero.
- Finalización del tránsito.
El documento T2 juega un papel esencial en el tránsito aduanero de mercancías comunitarias dentro del territorio aduanero de la UE, al garantizar el cumplimiento de las regulaciones aduaneras y agilizar los procesos de transporte y distribución.
DocumentoT2L
El documento T2L se utiliza para el tránsito aduanero de mercancías entre los Estados miembros de la UE y los países no pertenecientes a la UE.
Su función principal es certificar el estatus aduanero de las mercancías y demostrar que se encuentran en libre circulación dentro de la UE, lo que les permite beneficiarse de acuerdos comerciales preferenciales y exenciones arancelarias.
El documento T2L se aplica al tránsito aduanero entre los Estados miembros de la UE y los países no pertenecientes a la UE. Es utilizado para el movimiento de mercancías desde la UE hacia países terceros, así como para el retorno de mercancías a la UE desde esos países.
El documento T2L certifica el estatus aduanero de las mercancías como mercancías comunitarias en libre circulación. Indica que las mercancías han sido introducidas legalmente en la UE y cumplen con las regulaciones aduaneras y fiscales pertinentes.
Este documento es necesario para beneficiarse de acuerdos comerciales preferenciales y exenciones arancelarias al exportar mercancías desde la UE a países no pertenecientes a la UE.
Diferencias entre T2L y T2
En resumen, el documento T2 se utiliza para el tránsito aduanero dentro de la UE, mientras que el documento T2L se utiliza para el tránsito aduanero entre la UE y países no pertenecientes a la UE.
Documento T2LF
El documento T2LF es una variante del documento T2L que se utiliza en ciertos casos específicos.
Su función principal es permitir el tránsito aduanero de mercancías que están exentas de pagar los derechos de importación y los impuestos indirectos al entrar en la UE.
El documento T2LF se utiliza para certificar el estatus aduanero de estas mercancías y demostrar que están en libre circulación dentro de la UE sin la necesidad de pagar los aranceles e impuestos aplicables. Es importante destacar que el uso del documento T2LF está sujeto a condiciones y requisitos específicos establecidos por las autoridades aduaneras.
Diferencias del T2LF con el documento T2 y T2L
En resumen, el documento T2 se utiliza para el tránsito aduanero dentro de la UE, el documento T2L se utiliza para el tránsito aduanero entre la UE y países no pertenecientes a la UE, y el documento T2LF es una variante del T2L que se aplica en casos específicos de mercancías exentas de pagar aranceles e impuestos.
Cada uno de estos documentos cumple una función particular y se aplica en un ámbito aduanero específico, adaptándose a las necesidades y requisitos del comercio internacional.
Garantía de Tránsito Comunitario de mercancías
El tránsito comunitario de mercancías es un régimen aduanero que se aplica al transporte internacional entre los países de la UE, Andorra y los países de la Asociación Europea de Libre Mercado.
El origen de estas mercancías transportadas puede ser comunitario o no. Pero para cruzar las fronteras intracomunitarias están sujetas al régimen de Tránsito Comunitario.
El principal objeto del tránsito comunitario es:
- Facilitar los trámites que supone mover la mercancía entre los distintos países y agilizar los controles en las aduanas de paso.
- Proporcionar a los países de tránsito, la seguridad y garantías aduaneras requeridas.
- Eliminar los controles físicos de mercancías sino documental.
El tránsito comunitario tiene dos modalidades:
Tránsito interno
Circulación de un lado a otro del territorio aduanero comunitario, atravesando un país tercero, pero con mercancía comunitaria.
Tránsito externo
Circulación de un punto a otro del territorio aduanero comunitario de:
- Mercancías no comunitarias, sin derechos de importación ni gravámenes.
- Mercancías comunitarias para exportación en los que se cumpla los trámites aduaneros de exportación.
En las aduanas de salida las garantías de tránsito obligatorias que deben presentarse son:
- Garantía individual: Garantía de la empresa de transporte internacional para un viaje en Tránsito Comunitario.
- Garantía global: Garantía de la empresa de transporte internacional para varios viajes en Tránsito Comunitario.
- Garantía forfait: Garantía por ASTIC para varios viajes en régimen Tránsito comunitario para empresas asociadas a ASTIC.
- Garantía de tránsito mediante seguro de caución: Las garantías de tránsito de mercancías se pueden presentar a través del Seguro de Caución
La garantía se presta en la aduana de salida y será devuelta cuando se compruebe que la mercancía a llegado a su destino sin ningún percance.
Declaración de INTRASTAT
Es un sistema de recogida estadística que se aplica a mercancías de la Unión Europea cuyos movimientos entre Estados no hayan sido formulados en una declaración aduanera, es decir que circulan libremente por el mercado interior de la Unión Europea en tránsito comunitario interno, sustituyendo al TC interno.
Las declaraciones han de ser detalladas, simplificadas y periódicas.
La constitución del Mercado Único en 1993 supuso la desaparición de las formalidades aduaneras entre los Estados miembros y, por tanto, la supresión de las declaraciones que proporcionaban la información necesaria para la obtención de los datos relativos al comercio de bienes entre los Estados miembros de la Unión Europea.
Este hecho hizo necesario el establecimiento de un procedimiento que permitiera conocer estos movimientos con fines estadísticos, surgiendo así el sistema Intrastat.
Podemos resumir que INTRASTAT es una normativa Europea, que nace como consecuencia de la necesidad de conocer las estadísticas de comercio consecuencia de todos los movimientos de mercancía, compra o venta, que realizan todos los paises miembro.
Ámbito de aplicación de INTRASTAT
- Expediciones. incluirán las mercancías comunitarias excepto aquellas que se encuentren en simple circulación, y que salgan del Territorio Estadístico Español, a excepción de las las Islas Canarias, con destino al territorio estadístico de otro Estado Miembro.
- Introducciones. incluirán las mercancías comunitarias, excepto aquellas que se encuentren en simple circulación, y que entren en el Territorio Estadístico Español, a excepción de las Islas Canarias, procedentes de otro Estado Miembro.
Por Mercancías en SIMPLE CIRCULACIÓN, entendemos que son aquellas mercancías que durante el trayecto a otro Estado Miembro atraviesan directamente o se detienen por motivos de transporte otro Estado Miembro.
El comercio intracomunitario
El comercio intracomunitario es el realizado entre dos Estados Miembros de la Unión Europea. Todas las mercancías que circulen desde un Estado Miembro de la Unión Europea para ponerse a disposición del destinatario en otro Estado miembro, será objeto de las estadísticas de intercambio de bienes entre los Estados Miembros.
De acuerdo con la Resolución Intrastat, por mercancía hemos de entender todos los bienes muebles, incluida la energía eléctrica.
Tendrá consideración de mercancía comunitaria a efectos de la declaración Intrastat las siguientes mercancías:
- Mercancías obtenidas íntegramente en el Territorio Aduanero de la Unión Europea sin participación de mercancías procedentes de los terceros países o de territorios que no formen parte del Territorio Aduanero Comunitario.
- Mercancías procedentes de terceros países o de territorios que no formen parte del Territorio Aduanero Comunitario o de territorios que no formen parte del Territorio Aduanero Comunitario hayan sido despachadas a la libre práctica en la aduana de cualquier Estado miembro.
- Mercancías obtenidas en el Territorio Aduanero Comunitario a partir de mercancías contempladas en el punto anterior exclusivamente, o a partir de las mercancías contempladas en los dos puntos primeros.
El territorio estadístico español
El territorio estadístico de los Estados miembros coincide con su territorio aduanero, tal y como se define en el artículo 3 del Reglamento (CEE) número 450/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece el Código Aduanero Comunitario.
El Territorio Aduanero Español incluido en el comunitario es el formado por la Península, las Islas Baleares y las Islas Canarias, quedando excluido del Territorio Aduanero Comunitario las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
El Territorio Estadístico Español coincide con el Territorio Aduanero Español. Sin embargo no se incluirán en el sistema Intrastat las expediciones o introducciones que se efectúen entre las Islas Canarias y el territorio estadístico de los Estados miembros.
Responsable de presentar la Declaración de INTRASTAT
Está obligado a facilitar información en el sistema Intrastat:
- Quien haya formalizado el contrato que da lugar a la expedición o entrega de la mercancía.
- Quien proceda a la expedición o entrega de la mercancía.
- Quien esté en posesión de la mercancía.
Están obligados a la cumplimentación y presentación de la Declaración INTRASTAT, los operadores que hubiesen alcanzado en sus operaciones intracomunitarias un importe facturado de 400.000 euros en el ejercicio precedente o en el corriente y en uno o en ambos flujos.
Los responsables del suministro de la información estadística que se encontrasen excluidas de la obligación de presentar la declaración, quedan obligados a su presentación a partir del periodo de referencia, es decir, si un operador supera un volumen de facturación de 400.000€ en un determinado mes, debe presentar la Declaración de INTRASTAT de ese mes, y de todos los posteriores hasta el final del año.
De la misma manera, hay que decir que en el período de referencia inmediato posterior al momento en que se supere el umbral de exención, el obligado estadístico deberá reflejar en su declaración Intrastat la totalidad de operaciones intracomunitarias del año en curso, correspondiente al flujo de expedición o introducción cuyo umbral se haya superado.
Por lo que se refiere al flujo de expedición, será responsable de la presentación del modelo Intrastat, aquella persona física o jurídica sujeta al IVA que:
- Haya formalizado el contrato cuyo efecto sea la expedición de mercancías, a excepción de los contratos de transporte. En su defecto,
- Quien proceda o haga que se proceda a la expedición de la mercancía. En su defecto,
- Quien esté en posesión de la mercancía objeto de expedición.
Por lo que se refiere al flujo de introducción, será responsable de la presentación del modelo Intrastat, aquella persona física o jurídica sujeta al IVA que:
- Haya formalizado el contrato cuyo efecto sea la introducción de mercancías, a excepción de los contratos de transporte. En su defecto.
- Quien proceda o haga que se proceda a la introducción de las mercancías.
- Quien esté en posesión de las mercancías objeto de introducción.
Plazos para la presentación de INTRASTAT
- Periodo de referencia. el mes natural, ya sea de expedición o de introducción de mercancías, en el Territorio Estadístico Español.
- Recogida de información. con periodicidad mensual.
- Periodo de presentación. hasta el día 12 del mes siguiente a la finalización del período de referencia, o inmediato posterior si éste fuera inhábil.
- No se pueden presentar declaraciones modificativas o complementarias después de 30 del mes de abril del año siguiente al que corresponde el período de referencia o inmediato posterior si éste fuera inhábil.
Tipos de Declaraciones INTRASTAT
Existen únicamente cuatro tipos de Declaraciones INTRASTAT
a) Normal y simplificada
Es la declaración INTRASTAT que obligatoriamente ha de presentar el responsable del suministro de la información correspondiente a las operaciones de introducción y expedición.
El Reglamento comunitario permite establecer un umbral para el caso de que no se alcance, establecer un modelo de declaración simplificado. La normativa estadística española en materia de Intrastat no contempla este extremo actualmente.
b) Anulativa
Es aquella declaración INTRASTAT en la que el responsable del suministro de la información elimina una declaración presentada con anterioridad.
c) Sin Operaciones
Es aquella declaración INTRASTAT en la que el responsable del suministro de la información declara no haber realizado operaciones intracomunitarias de bienes de llegada o de expedición durante el período de referencia.
d) Rectificativas
Es aquella declaración INTRASTAT que modifica una o varias partidas previamente declaradas o bien se incorpora nuevas partidas a una declaración previa.
La declaración deberá hacer referencia a la declaración objeto de rectificación, detallando el período, el flujo y el número de declaración, y al número de partida que se rectifica. Se deben cumplimentar exclusivamente las casillas modificadas, dejando en blanco las restantes.
Si se desea adiciona más partidas, se comenzará por el número de partida siguiente y consecutivo a la que se pretenda modificar.
Alternativamente, se puede presentar una declaración complementaria por aquellas nuevas partidas que no fueron consignadas en la declaración anterior si ésto resultara más simple para el obligado.