Propósito del presente Curso
El propósito de este curso de especialista en estiba es proporcionar instrucciones y asesoramiento práctico de carácter básico a todas las personas dedicadas a la carga y descarga y a la sujeción de la mercancías en los vehículos, entre otros, los transportistas y cargadores.
Sus directrices pretenden servir de orientación para la sujeción correcta de cargas en todas las situaciones que puedan producirse en las condiciones normales de tráfico. También deben servir de base común para la aplicación práctica y el cumplimiento de las normas de sujeción de cargas.
Durante el transporte es necesario evitar el deslizamiento, la inclinación, la rodadura, el balanceo, la deformación sustancial y la rotación de todos los elementos de la carga en cualquier dirección, para lo cual será necesario utilizar métodos como el cierre, el bloqueo, el amarre o una combinación de estos métodos.
Se trata de proteger a las personas que participan en la carga, descarga y conducción de los vehículos, así como a otros usuarios de la carretera, a los peatones, a la propia carga y al vehículo. La carga debe colocarse en el vehículo de tal forma que no pueda ocasionar daños a las personas ni a la mercancía y que no pueda desplazarse ni dentro ni fuera del vehículo.
Por lo tanto esté curso va dirigido a todas las personas que participan en la cadena de transporte, ya sea en la planificación, preparación, supervisión o comprobación del transporte por carretera, a fin de que el transporte sea seguro.
Su objetivo es respaldar la aplicación de las normas internacionales, tal y como se establece en el Acuerdo Europeo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADE) y en la Directiva 2014/47/UE relativa a las inspecciones técnicas en carretera.
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
El objeto de la normativa de este real decreto es regular la verificación de la correcta estiba de las mercancías en el transporte y las condiciones para realizar las inspecciones técnicas en carretera de los vehículos comerciales que circulen en el territorio nacional, con el fin de mejorar la seguridad vial y el medio ambiente.
LOS OBJETIVOS DE ESTA NORMATIVA SON:
✓ Mejorar las condiciones de seguridad en las vías de tránsito de la Unión Europea
✓ Establecer unos requisitos mínimos comunes apoyados en la armonización de las normativas existentes en la actualidad.
✓ Reducir el número de víctimas mortales en las carreteras de la Unión Europea para 2020, aproximar a la UE en 2050 a la meta de «cero muertes» en el transporte por carretera
El método para comprobar que se cumple la nueva reglamentación será el uso de inspecciones. La nueva ley de estiba planea comprobar el 5% del total de los vehículos matriculados en España anualmente.
➡ IMPORTANTE: Dentro de estas ITV surge la ficha de estiba, un papel donde se establecen las normas de estiba de cada especialidad, peso y transporte. Así, el responsable de la carga en todo momento debe acreditar la correcta sujeción de la carga a bordo del camión.
➡ No sólo se trata de evitar accidentes, sino de asegurar que la mercancía llega en las mejores condiciones.RECUERDA !!!
La ley de la estiba obliga a los Estados a establecer unos controles más estrictos y aleatorios, Habrá una inspección inicial y, si resultara necesario, otra más minuciosa, a realizar en unidades móviles o en las ITV. ES DECIR, ITV más estricta y controles en carretera.
AMBITO DE APLICACIÓN
Este Real Decreto establece auténticas y exhaustivas ITVs en cualquier punto de las carreteras españolas, realizadas por inspectores autorizados pudiendo utilizar o no vehículos de medición y diagnóstico especializados.
La DGT se ha comprometido a realizar más de 15.000 inspecciones técnicas al año, pero además se ha formado a la guardia civil y se la ha dotado de herramientas para poder parar a vehículos y comprobar si cumplen esta directiva.
- Se inspeccionarán prioritariamente los vehículos de empresas que no cumplen las normas de seguridad y protección del medio ambiente.
- Se recompensará (se reducirá su inspección) a los vehículos de transportistas cumplidores con la normativa.
- También se aplicarán criterios de clasificación de riesgos según la información relativa al número y la gravedad de las deficiencias detectadas.
- Un aspecto clave de la ley de estiba es el referido a la correcta estiba de la carga y sujeción de la misma (trincaje):
- La estiba de la carga debe garantizar que las mercancías permanecen perfectamente sujetas al vehículo impidiendo movimientos de la misma durante el transporte.
TIPOS DE VEHÍCULOS AFECTADOS
- Vehículos comerciales que circulan por el territorio español con independencia del Estado en que se hayan matriculado, con una velocidad nominal superior a 25km/h.
- Vehículos de viajeros motor con mas de ocho plazas además de la del conductor – vehículos de las categorías M2 y M3.
- Vehículos de mercancías, con una masa máxima superior a 3,5 toneladas – vehículos de las categorías N2 y N3.
- Categoría N2: Vehículos de la categoría N cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas pero no a 12 toneladas
- Categoría N3: Vehículos de la categoría N cuya masa máxima sea superior a 12 toneladas.
- Remolques de mercancías o de personas, con una masa máxima superior a 3,5 toneladas – vehículos de las categorías O3 y O4.
- Categoría O3: Vehículos de la categoría O cuya masa máxima sea superior a 3,5 toneladas, pero no a 10 toneladas.
- Categoría 04: Vehículos de la categoría O cuya masa máxima sea superior a 10 toneladas.
- Tractores de ruedas de la categoría T con una velocidad nominal máxima superior a 40 km/h, utilizados principalmente en vías públicas para el transporte comercial por carretera.
- Vehículos comerciales ligeros de la categoría N1 con un peso inferior a 3,5 toneladas dentro de los controles e inspecciones que se puedan realizar a este tipo de vehículos.
RECUERDA !!!
Las consecuencias del incumplimiento le corresponderá asumir según los casos, al transportista, al cargador o al expedidor. En las próximas lecciones se abordara las responsabilidades de cada actor en el proceso de estiba.