Conducción semanal
I.2) Conducción semanal:
La conducción total de una semana, donde por regla general estará comprendido entre las 00:00 del Lunes hasta las 24:00 del Domingo.
No se pueden superar las 56 horas de conducción en una semana.
Tampoco se pueden superar 90 horas de conducción en 2 semanas consecutivas.
1º Ejemplo:
1) conductor (empleado / autónomo) que trabaja de Lunes a Viernes en la primera semana:
9h + 9h + 10h + 9h + 10h= 47 horas conducción semanal
2) conductor (empleado / autónomo) que trabaja de Lunes a Sábado en la segunda semana:
10h + 6h + 8h +10h + 5h + 4h= 43 horas conducción semanal.
Total de conducción bisemanal: 90 horas
2º Ejemplo:
1) conductor (empleado / autónomo) que trabaja de Lunes a Sábado en la primera semana:
9h + 9h + 10h + 9h + 10h + 9h= 56 horas de conducción semanal
2) conductor (empleado / autónomo) que trabaja de Lunes a Viernes en la segunda semana:
8h + 6h + 8h + 10h + 2h= 34 horas de conducción semanal.
Total de conducción bisemanal: 90 horas
Consejo:
Si en una semana se ha llegado a las 56 horas permitidas de conducción, en la segunda semana seguida no se puede superar 34 horas de conducción.
Conviene hacer una hoja de cálculo para llevar un control si las jornadas de trabajo son un poco irregulares.