Renovación Tarjeta Tacógrafo

Tasa T430: 37,75€ por tarjeta
Tarifa de Tramitación: 32,25€

Precio Total 70€

Categoría:

Descripción

Si deseas renovar la tarjeta tacógrafo en Zaragoza.

En Autoescuela London lo hacemos por ti, te recomendamos solicitar la renovación con 30 días de antelación, como mínimo, para todos los casos ya sea renovación o primera expedición, así como los duplicados por pérdida, robo, deterioro o mal funcionamiento.

Documentación para renovar tarjeta tacógrafo digital de conductor:

  • Solicitud firmada por el conductor.
  • Fotocopia DNI o NIE.
  • Fotocopia Carné de Conducir.
  • Una Fotografía tamaño carnet.
  • Mandato de representación para la gestión de tu tarjeta tacógrafo.
  • Fotocopia de la tarjeta de tacógrafo en casos de renovación. Copia de denuncia por perdida o robo y tarjeta de tacógrafo original en casos de mal funcionamiento

Contactar Autoescuela London Para renovar tarjeta tacógrafo

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Información sobre la renovar Tarjeta Tacógrafo digital de Conductor

La tarjeta tacógrafo de conductor identifica al conductor y permite almacenar los datos sobre su actividad durante al menos los últimos 28 días (31 para las tarjetas emitidas en España) y tendrán una validez de cinco años. El contenido y características de las tarjetas de conductor es el que al efecto se encuentra establecido en el apartado IV del anexo I B del Reglamento (CEE) número 3821/85, de 20 de diciembre de 1985.

La tarjeta de conductor tendrá carácter personal y no podrá ser objeto de retirada o suspensión durante su plazo de validez bajo ningún concepto, a menos que se compruebe que ha sido falsificada, que el conductor utilice una tarjeta de la que no es titular o que se ha obtenido con declaraciones falsas o documentos falsificados.

El conductor sólo podrá ser titular de una tarjeta de conductor. Sólo podrá utilizar su propia tarjeta, y no deberá utilizar una tarjeta de conductor defectuosa, o cuyo plazo de validez haya caducado o bien haya sido declarada perdida o robada.

  1. Cuando desee renovar su tarjeta de conductor, el titular deberá solicitarlo a las autoridades competentes del Estado miembro donde tenga su residencia habitual como mínimo 15 días y máximo 35 días hábiles antes de la fecha de caducidad de dicha tarjeta.
Recomendamos que se solicite con 30 días de antelación
  1. Si, en caso de renovación, el Estado miembro de residencia habitual del conductor no es el mismo que el que expidió su tarjeta actual, y si se solicita la renovación de la tarjeta a las autoridades del primer Estado miembro, estas informarán de las razones de dicha renovación a las autoridades que expidieron la tarjeta anterior.
  2. En caso de solicitud de renovación de una tarjeta tacógrafo de conductor a punto de caducar, la autoridad competente facilitará una nueva tarjeta antes de la fecha de caducidad de la antigua, a condición de que la solicitud se haya presentado en los plazos establecidos en el apartado 1.

Que hacer con las tarjetas tacógrafo digital extraviadas, robadas o defectuosas

  1. Las autoridades expedidoras conservarán un registro de las tarjetas de conductor extraviadas, robadas o defectuosas durante un plazo que sea por lo menos igual al de su período de validez.
  2. En caso de deterioro o funcionamiento defectuoso de la tarjeta de conductor, su titular la devolverá a la autoridad competente del Estado miembro en que tenga su residencia habitual.

El robo de una tarjeta de conductor se denunciará formalmente ante las autoridades competentes del Estado en que se haya producido.

  1. El extravío de la tarjeta de conductor deberá comunicarse a las autoridades competentes del Estado miembro expedidor, y a las del Estado miembro de residencia habitual del conductor, en caso de ser distintos.
  2. En caso de deterioro, funcionamiento defectuoso, extravío o robo de la tarjeta de conductor, su titular deberá solicitar su sustitución en el plazo de siete días naturales a las autoridades competentes del Estado miembro de su residencia habitual. Dichas autoridades le facilitarán otra en los ocho días hábiles posteriores a la recepción de la correspondiente solicitud pormenorizada a tal efecto.
  3. En las circunstancias contempladas en el apartado 4, el conductor podrá seguir conduciendo sin tarjeta durante el plazo máximo de quince días naturales, o durante un período superior si ello fuera necesario para devolver el vehículo a sus locales, siempre y cuando el conductor pueda justificar la imposibilidad de presentar o utilizar la tarjeta durante dicho período.

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